Los partidos políticos se posicionan a favor del mismo de forma clara, salvo el PP
El proyecto de Ley de Creación de un Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto se ha registrado, por tercera vez en poco más de seis meses, en el Congreso de los Diputados, en Madrid. Esta vez ha contado con el respaldo de los grupos políticos de la cámara por que se espera que la Mesa, esta vez sí, permita su tramitación, aunque todavía, según Jon García de la Asociación de las Víctimas del Amianto de Euskadi (ASVIAMIE), el Gobierno español liderado por Mariano Rajoy tiene hasta 30 días para emitir una opinión.
CCOO de Euskadi planteó, recientemente, la necesidad de crear un fondo en el ámbito de la CAV, que estaría dotado con , al menos 40 millones. Es una cantidad reducida si tenemos en cuenta el presupuuesto que maneja el Gobierno de Gasteiz y que supera los 10.000 millones anuales.
García se mostró bastante satisfecho, porque esta vez los partidos que apoyaron en el Parlamento de Gasteiz la iniciativa se han desplazado a Madrid para interesar a sus compañeros en este tema. Y la respuesta lograda en Madrid es bastante positiva por parte de casi todos los grupos, salvo el PP que no ofreció una decisión tajante. «Incluso Ciudadanos nos ha dicho que hay que poner en marcha ese Fondo de Compensación», señaló el miembro de Asviamie, que ha sido uno de los más activos para que salga adelante. «A la tercera, será la vencida», decía, mientras recordó el trabajo que se realizó desde la Cámara legislativa de Gasteiz desde hace ya varios años para confluir en un diagnóstico sobre la gravedad y el drama que está suponiendo el amianto para muchas personas.
En Madrid, junto a Asviamie han estado representantes de asociaciones de afectados de Andalucía, Galicia, Madrid, Cartagena y Castilla-León. Todos ellos destacaron la necesidad de creación del fondo de compensación para que «nos alivie en la esta lucha». La diputada de EH Bildu, Marian Beitialarrangoitia, expresó que este fondo tendría que haber estado creado ya hace años, como ocurre con otros en algunos países de la Unión Europea e, igual que PSOE, Podemos, Ciudadanos, Ezkerra Republicana de Catalunya, se comprometió en apoyar en su tramitación y debate «porque supone un paso muy importante para los miles de afectados». El diputado vasco de Elkarrekin Podemos Jon Hernández, ha solicitado por su parte que se compense «a quienes se han visto afectados por el uso de este producto «permitido por las instituciones» ya que, según sus palabras, las víctimas «están desprotegidas». También han acudido a registrar la proposición del Parlamento Vasco la parlamentaria del grupo socialista vasco Gloria Sánchez y la representante de EH Bildu Eva Blanco. Este fondo de compensación también estará presente en el pleno de control en el Congreso, en el que el diputado del PNV Aitor Esteban preguntará al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, por qué se opone a ponerlo en marcha. La realidad es que desde un principio el PNV dijo que no iría a Madrid a registra el proyecto de ley en directo y reclamar al resto de partidos su apoyo, pero -como casi siempre- modificaron esa decisión y han tradado de ser protagonistas cuando donde gobiernan no se esfuerzan por erradicar el amianto.
Jon García reconoció, tras reunirse con los miembros de los partidos, que el rechazo que tuvo la tramitación del fondo la segunda vez, la primera fue por plazos presupuestarios, se debió a que los políticos estaban enfrascados en una pelea por el control del Gobierno español.
El Parlamento de Gasteiz, en la sesión plenaria celebrada el día 9 de febrero de 2017, adoptó el acuerdo de aprobar la proposición de ley de iniciativa legislativa ante las Cortes Generales del Estado formulada por los grupos parlamentarios PNV, EH Bildu, Elkarrekin Podemos, PSE y PP.
En el texto de la ley se reconoce que en el conjunto del Estado español, entre los años 1994 y 2008 el número de fallecimientos vinculados directamente al amianto fue de 3.943. Añade que si se hace una estimación del número anual de casos de patologías por amianto, entre los años 2003 y 2009 podrían haberse producido 7.154 casos a indemnizar en sus diferentes modalidades.
En estudios recientes (Chérié-Charline en 2012) se señala que en el Estado francés actualmente se diagnostican unos 1.000 mesoteliomas de promedio al año. Por ello, se estima que, «si el consumo ha sido un 30% inferior en el Estado español, podríamos afirmar que estaríamos en torno a los 700 mesoteliomas de promedio por año». Aunque, la realidad muestra que estos datos están ocultos, ya que tan sólo aparecen una pequeña parte. De hecho, en Hego Euskal Herria desde 1993 a 2017 hay documentados de forma oficial 1.472 muertes. Sin embargo, el catedrático de la Universidad de Granada, Alfredo Menéndez-Navarro, sostiene que solo un 5% de las muertes derivadas del amianto se contabilizan como enfermedades profesionales, por lo que estaríamos ante un silencio exagerado y que huele a muerte allá donde se mire.
Los expertos, por otro lado, confirman que hasta el año 2023 todavía «habrá un número ascendente de casos de afectados», lo que pone más en evidencia la necesidad de establecer el fondo de compensación como los existentes en el Estado francés, Holanda o Bélgica. Esos datos, sin embargo, se deben a los cálculo que hay de importación en el siglo pasado del mineral cancerígeno o asesino, como les denominan los afectados. Se calcula que fueron 2,6 millones de toneladas. En el texto del proyecto de ley del Parlamento de Gasteiz, por otro lado, realiza una afirmación que es falsa, y que creo que debiera de corregirse en la tramitación, dado que dice que «el amianto actualmente ya no existe como problema preventivo». Sin embargo, todavía queda mucho amianto en muchas empresas, en las casas, en las tuberías del agua, en los colegios, etc. La prevención es urgente y, lo que deberían de realizar las administraciones públicas y muchas empresas afectadas, es poner los medios para retirar el mineral cancerígeno de manera adecuada para que no afecte a la población en general.
ALIGERAR TRÁMITES
El fondo de compensación conseguirá que aquellas familias o trabajadores afectados «que tienen vedada la vía judicial, por no tener empresa a la que reclamar la indemnización, vean compensado el daño», como recoge el texto legal. Que también indica que el Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto será «un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito al ministerio que tenga asumidas las competencias en materia de seguridad social, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, para el cumplimiento
de sus fines».
Corresponde al mismo «la reparación íntegra de los perjuicios tanto de toda aquella persona que haya obtenido el reconocimiento de una enfermedad profesional ocasionada por el amianto como de toda persona que haya padecido un perjuicio resultante de una exposición al amianto» en el territorio del Estado español.
Para el cumplimiento de sus fines, el Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto dispondrá de los siguientes recursos «1. Las cotizaciones efectuadas por los empresarios, tanto públicos como privados, que empleen trabajadores por cuenta ajena. 2. Las aportaciones de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 3. Las cantidades obtenidas por subrogación. 4. Las consignaciones o transferencias que puedan fijarse en los Presupuestos Generales del Estado. 5. Cualesquiera otros previstos en las leyes», como fija el proyecto de ley, que debe pasar los trámites para que sea desrarollado.
El acuerdo unánime del Parlamento de Gasteiz señala que «podrán obtener la reparación íntegra de sus perjuicios: las personas que hayan obtenido el reconocimiento de una enfermedad profesional ocasionada por el amianto y las personas que hayan padecido un perjuicio resultante directamente de una exposición al amianto en el territorio».
Reconoce que dictada la resolución de indemnización y aceptada por el solicitante, «el Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto se subrogará en todos los derechos y acciones que correspondiesen a los titulares del derecho contra la persona responsable del perjuicio y contra las personas u organismos que debieran reparar el daño total o parcialmente».
El texto que ha entrado hoy en el Congreso español fija que «el procedimiento de solicitud de indemnización al Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto se iniciará con la solicitud de indemnización acompañada de los documentos justificativos que se precisen, y en particular de un certificado médico que demuestre la enfermedad y de todos los documentos necesarios para probar la realidad de la exposición al amianto» y añade que cuando el origen profesional de la enfermedad haya sido reconocido, «el solicitante
adjuntará a la petición solamente la resolución de la Seguridad Social» y, además, «el solicitante informará al fondo de todas las acciones judiciales y extrajudiciales de indemnización que estén en curso en el momento de la petición».
En el plazo de seis meses, a contar desde la presentación de una petición, el Fondo para la Indemnización de las Víctimas del
Amianto presentará al solicitante una oferta de indemnización. «Esta indicará la evaluación establecida para el daño y perjuicio, así como el montante de las indemnizaciones que le corresponden. La aceptación de la oferta supondrá la renuncia de las acciones jurisdiccionales de indemnización en curso y hará inadmisible cualquier otra acción jurisdiccional futura para reparación del mismo perjuicio.
Lo mismo sucederá con las decisiones jurisdiccionales que se hagan definitivas asignando una indemnización íntegra para las consecuencias de la exposición al amianto».
No obstante, las resoluciones del secretario general del Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto «podrán ser objeto de recurso de alzada ante el ministro español que tenga asumidas las competencias en materia de Seguridad Social, que deberá interponerse en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de recibo de la notificación» Y las resoluciones dictadas por el ministro competente en materia de seguridad social agotarán la vía administrativa y podrán ser objeto de «recurso ante la jurisdicción contencioso- administrativa».
Por último, señalar que el Gobierno español, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, aprobará
el decreto de estructura y organización del Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto.
Como fija el proyecto de ley «la puesta en marcha e inicio de actividades del Fondo para la Indemnización de las Víctimas del
Amianto se hará con cargo a los Presupuestos Generales que se aprueben en el año siguiente a la aprobación de la Ley de Creación de un Fondo de Compensación para las Víctimas de Amianto».